Izaro RR.HH. Normas de Cotización a la Seguridad Social para 2021
El pasado sábado 4 de diciembre se publicó la Orden PCM/1353/2021, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social – con efectos desde el día 1 de septiembre de 2021.
Las diferencias de cotización que se hubieran podido producir por la aplicación de lo dispuesto en esta orden respecto de las cotizaciones que, a partir de 1 de septiembre de 2021, se hubieran efectuado, podrán ser ingresadas sin recargo en el plazo que finalizará el último día del segundo mes siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».
Asimismo, las diferencias de cotización que se produzcan como consecuencia de lo que se establece en la disposición transitoria primera, cuando los trabajadores a los que se refiere opten por una base de cotización superior a aquella por la que vinieren cotizando, se podrán ingresar sin recargo hasta el último día del mes siguiente a aquel en que finalice el plazo de opción que se fija en la disposición señalada.
En un próximo Boletín de Noticias RED se darán las instrucciones pertinentes para liquidar estas diferencias de cotización.
El envío de la actualización de las modificaciones de Izaro correspondientes a este cambio legal ya se ha realizado.
Si se han realizado nóminas y/o liquidaciones de noviembre que se vean afectadas por este cambio, será necesario recalcular las nóminas y volver a remitir la información a la Seguridad Social, de la forma habitual para estos casos.